A 15 años de aprobar la interrupción legal, el aborto aún es delito en la CDMX
La Ciudad de México fue pionera en los derechos reproductivos al aprobar la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) por primera vez en el país en 2007, cuando aún era Distrito Federal.
Desde 2015 hasta agosto de 2022 se han acumulado 880 carpetas de investigación por el delito de aborto. Activistas y organizaciones civiles a favor de los derechos sexuales y reproductivos han llamado a eliminar el aborto del Código Penal de la Ciudad de México y tratarlo –de forma estricta– como un tema de salud.
Fernanda Díaz de León, subdirectora de Incidencia en Ipas Latinoamérica y El Caribe (Ipas Lac), explica que el mantener el aborto como un delito en la capital genera incertidumbre en las personas que necesitan de este servicio de salud y miedo en los prestadores de servicios médicos.
“Genera la persecución, la posibilidad de abrir carpetas de investigación y justo por esto las mujeres están en condiciones de mayor vulnerabilidad, pueden arriesgarse accediendo a servicios no seguros de aborto. Retirar el aborto de los códigos penales no va a generar una demanda mucho mayor a la que ya se tiene hoy en día, sino al contrario, que este se considere un procedimiento de salud”, dice en entrevista.
El Código Penal capitalino define como aborto a “la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación”, la cual inicia con la implantación del embrión en el endometrio.
La pena por tener un aborto voluntario fuera del plazo legal va de tres a seis meses de prisión o de 100 a 300 días de trabajo a favor de la comunidad. Mientras quien asista en un aborto voluntario a una mujer o persona gestante con su consentimiento, se le impondrá de uno a tres años de prisión, establece el Artículo 148.
No obstante, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó como inconstitucional sancionar con pena de prisión a la mujer o persona con capacidad gestante que aborte o ayude a abortar, al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 148/2017 en septiembre de 2021.
Díaz de León explica que mientras se mantenga el delito de aborto en el Código Penal, persiste su criminalización.
“La decisión de la Corte obliga a que jueces y magistrados, que les llegue un expediente de una carpeta de investigación sobre aborto digan ‘yo no puedo juzgar’. Sin embargo esto no implica que un policía o un Ministerio Público que no tenga conocimiento de los criterios de la Corte detenga a una mujer, la someta a una carpeta de averiguación y que tenga que llegar hasta un juez para que diga ‘esto no es un delito’», detalla.
La especialista de Ipas Lac considera que el aborto debería regularse a través de normas de salud y mantenerse las sanciones en casos de aborto forzado, pero eliminarse por completo del Código Penal de la ciudad así como de las demás entidades.
“En las leyes de salud estatales, por ejemplo, la inseminación artificial no consentida está penalizada, pero en las leyes de salud. Entonces no consideramos que esto sea un motivo para no retirar la figura de aborto del Código Penal”, sostiene. Una iniciativa presentada por Stephanie Yamile González, del colectivo Aborto Legal México, en la cual se elimina como delito el aborto voluntario del Código Penal para mujeres y personas con capacidad gestante, pero mantiene la penalización del aborto forzado, fue presentada y aprobada en el Parlamento de las Mujeres del Congreso de la Ciudad de México y está en espera se ser discutida en la Cámara de Diputados.
En el país, nueve de las 32 entidades han aprobado la Interrupción Legal del Embarazo dentro de las primeras 12 o 13 semanas de gestación.
- Ciudad de México: 2007
- Oaxaca: 2019
- Veracruz: 2021
- Hidalgo: 2021
- Baja California: 2021
- Colima: 2021
- Sinaloa: 2022
- Guerrero: 2022
- Baja California Sur: 2022