Tu carro puede terminar en el corralón por estas razones

Uno de los temores mayores de los conductores es que su ‘nave’ culmine en el corralón por alguna falta a las normas de tránsito. La Ciudad de México estima decenas situaciones que ameritan que tu coche culmine encerrado y que tú seas confiable a una multa.
La mayor parte de faltas por las que los conductores pierden sus vehículos se tienen que a malas prácticas en el momento de estacionarse, así como ocupaciones delictivas, además en relación con la conducta de los titulares de los coches.
El alcoholímetro, las obstrucciones al paso y no disponer de papeles como la tarjeta de circulación o licencia de conducir son tus peores enemigos, y para evadir que te ‘caiga la voladora’ y se lleven tu auto al corralón debes saber:
¿Qué faltas ameritan que se lleven tu coche al corralón en CDMX?
Según el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, que entró en vigor el 4 de abril, estas son las faltas por las que tu transporte puede concluir ‘acorralado’ y deberás ‘caerte’ con alguna multa.
Corralón por estacionarse de forma errónea
Estacionarse en vías primarias.
Estacionarse en los carriles exclusivos, prioritarios y/o confinados de transporte público.
Estacionarse sobre vías peatonales como las banquetas y cruces peatonales, al igual que en las vías exclusivas de ciclistas.
Estacionarse en sitios donde no es autorizado por la señalización vial, al igual que en espacios exclusivos para servicios especiales autorizados por la Secretaría.
Estacionarse en donde exista señalamiento restrictivo, o la guarnición de la acera o las marcas de pavimento sean de color amarillo.
Que te estaciones en doble o más filas.
El estacionarte en menos de 6 metros de distancia a la acceso de alguna estación de bomberos, así como de cualquier transporte de emergencia y en un lugar de 25 metros a cada lado del eje de ingreso en la acera opuesta a ella.
Estacionarse en espacios de servicios especiales destinados al ascenso y bajón de pasajeros, excepto una vez que se intente pasajeros con discapacidad o movilidad reducida.
Estacionarse ante establecimientos bancarios, hidrantes, entradas y salidas de vehículos de emergencia, entradas a estacionamientos públicos, gasolineras, accesos peatonales o vehiculares, salidas de emergencia, rampas peatonales, rampas vehiculares para la entrada a cocheras, entradas o salidas peatonales de instalaciones de nosocomios o centros de salud.
Estacionarse en carreteras de no bastante más de 2 carriles y con doble sentido de circulación.
Una vez que se estacionen vehículos en estacionamientos privados, y no se cubra la cuota definida por su uso.
Estacionarse en cajones de estacionamiento exclusivos para personas con discapacidad.
Estacionarse a 10 metros de cualquier cruce de vía férrea.

Otras causas por las que tu auto puede concluir en el corralón
Que se detecte que cuenta con sanciones económicas por faltas al reglamento no cubiertas, fundamento de infracciones registradas con bastante más de 30 días de anterioridad.
Acomodar o participar en competencias vehiculares de alta rapidez, acrobacias y demás maniobras riesgosas.
No pasar una revisión del alcoholímetro y tener una proporción de alcohol en la sangre mayor a 0.8 gramos por litro, así como manejar bajo el influjo de narcóticos, estupefacientes o psicotrópico.
Vehículos de conductores que realicen maniobras de carga no autorizadas.
Hacer ‘base’ en sitios no autorizados.
Hacer reparaciones que no sean de urgencia.
Reservar estacionamiento.
Eliminar la señalización vial.
Vehículos de uso especial que usen cromáticas equivalentes o semejantes a las del transporte público, de la Sedena o de la Marina.
Una vez que los conductores no cumplen con los requisitos legales especificados por cada tipo de transporte; como licencia o permiso de conducir, placas, calcomanía de circulación y tarjeta de circulación.
Cerrar u obstruir la circulación con vehículos, plumas, rejas o cualquier otro objeto, a menos que se cuente con la debida autorización.
Vehículos en estado de desamparo, que no fueron movidos en 15 días o que no se encuentren en modalidades de circular y se encuentren en la vía pública.