Corte ordena liberación de sentenciados por secuestro; caso fue expuesto en documental Duda Razonable
La SCJN (SCJN) otorgó un amparo liso y llano, y ordenó la instantánea independencia de Héctor Muñoz Muñoz, Juan Luis López García y Gonzalo García Hernández, quienes fueron detenidos en 2015 por secuestro en Macuspana, Tabasco, y sentenciados a 50 años de prisión. El tema ha sido expuesto en el documental de Netflix “Duda Razonable”, donde se entregó conocer la situación y la sentencia por secuestro de 4 personas en Tabasco, una de las cuales (Darwin Morales) recobró su independencia pues su protección enseñó que estaba en otro sitio. Por unanimidad, el Pleno de la Corte avaló el plan del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien indicó que en este tema hay diversos violaciones al debido proceso y pues el tribunal de justicia oral no tuvo frente de esta forma prueba que corroborara de forma robusta y suficiente el delito. El mandatario de la Corte, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, indicó que la protección de los adolescentes propuso una premisa de inocencia coherente y sólida, la cual ha sido consistentemente sostenida y corroborada con medios de prueba. “Por aquello me parece que se tiene que conceder el amparo liso y llano a los quejosos ya que son inocentes a partir de mi criterio, no es suficiente invalidar la sanción y que logren salir en independencia con una pena infamante de por vida por un delito que el Estado no acreditó que hubieran cometido. “Me parece que en casos como éste, en que no únicamente está claro que no se ha podido cometer el delito sino es notable el fin arbitraria de las autoridades de crear responsables y de hacerles costear por un delito que es notable que no cometieron que este tribunal no se puede formar con invalidar la pena y que dichos 3 adolescentes salgan con un sello con una marca que de por sí ya será difícil que se quiten por la época que han pasado prisión, con una marca de responsabilidad una vez que no existe una sola prueba de la cual se logre desprender que son causantes de este supuesto delito”, manifestó. La ministra Yasmín Esquivel Mossa mencionó que en este tema se aprecia que la jueza responsable no tomó presente los razonamientos defensivos de los imputados, en el sentido de que la queja partía de la construcción del delito de secuestro. La ministra planteó ofrecer vista a las autoridades a quienes competa el asunto para que se abran las indagatorias y carpetas de indagación que corresponden, tanto administrativas como penales, contra los causantes de llevar a los 3 adolescentes a prisión sin existir alguna prueba, y que se proceda contra ellos. El plan aprobado menciona que los recursos de prueba son suficientes para derogar la sentencia ya que la fiscalía no satisfizo la carga de la prueba que se obligó a tolerar una vez que tomó la decisión de promover un proceso penal contra los 3 quejosos. “Y, por eso mismo, a lo largo de el juicio, la fiscalía tuvo monumental complejidad para exponer prueba tangible dirigida a comprobar el dicho de la presunta víctima. Su teoría del caso se observó afectada por un descuido generalizado en la averiguación del presunto secuestro. Y, de dicha manera, el tribunal de juicio oral debió reconocer lo cual ahora ve este Pleno: estamos frente a un cúmulo de omisiones que demuestran un descuido invalidante, que en suma deslegitima toda su actividad probatoria”, detalla el plan de aprobado.